Estimados el equipo veterinario en espectaculos taurinos está constituido por profesionales, en dicha materia, y que realicen las funciones que les atribuye el Reglamento, en relacion al nombramiento efectuado por la persona titular de la Delegacion del Gobierno de la Junta de Andalucia, correspondiente donde ejerza sus funciones para cada temporada, conforme a la propuesta de los Delegados Provinciales de las Consejerias de Agricultura y Pesca y, en su caso, Salud, así como los respectivos Colegios Oficiales de Veterinarios.
Siendo requisito para la designación tener la licenciatura de veterinaria, estar integrado en alguno de los Colegios Oficiales de esta profesion, o en su caso desarrollar la profesion veterinaria como personal al servicio de alguna de las Administraciones Publicas andaluzas, (si es en Andalucia), disponer de formacion y especializacion tecnica adecuadas para el desempeño de las funciones, y sobre todo no tener ningun tipo de interes economico, profesional o de parentesco con los miembros de la empresa organizadora, profesionales actuantes o ganaderos.
La resolucion del nombramiento será notificada a las personas interesadas, a los diferentes organismos proponentes, a los empresarios organizadores, así como a las personas nombradas para desempeñar la Presidencia.
Respecto a Andalucia una de las personas nombradas deberá de ejercer en la Consejeria en materia de ganaderia de la Junta de Andalucia.
Los miembros del equipo veterinario percibiran los honorarios correspondientes, que seran depositados con antelacion en el colegio oficial de veterinarios de la provincia, y seran abonados posteriormente a la celebracion del espectaculo. Si dicho espectaculo fuera suspendido le será devuelto al empresario dichos honorarios.
Funciones del equipo veterinario:
- Asistencia en su caso señalamiento de las reses en las ganaderias.
-Comprobación de la documentación sanitaria en materia de traslado de reses y caballos.
-Comprobacion de la identificación de los animales.
-Reconocimiento sanitario de reses y caballos, así como la vigilancia de las normas de bienestar animal.
-Reconocimiento zootecnico de reses y caballos.
-Reconocimiento de la aptitud de reses y caballos para la lidia.
-Asistencia tecnico-veterinaria en todos aquellos aspectos que solicite la Presidencia.
-Asistencia veterinaria a los caballos que se accidentasen como consecuencia de la lidia.
-Reconocimiento post-morten en su caso de las reses.
Por ultimo indicar que la resolucion unanime de los tres veterinarios de servicio en una corrida de toros o en una novillada con picadores, en cuanto al peso, edad y demas cuestiones sanitarias sobre las reses reconocidas, será vinculante en relacion a la Presidencia, que deberá de someterse a dicha resolución.
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